El gobierno español impondrá la tarifa básica en las líneas 902
Información sobre el sector Contact Center y la atención al cliente 
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El gobierno español impondrá la tarifa básica en las líneas 902

El proyecto de Ley que modifica a la actual Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios acaba de recibir el visto bueno del Consejo de Ministros.

15 oct 2013


 

El proyecto de Ley que modifica a la actual Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios acaba de recibir el visto bueno del Consejo de Ministros.

 

Si finalmente la ley acaba siendo aprobada en el Congreso se implantarán varias novedades interesantes.

 

La que más afecta al sector call center es la que indica que las líneas 902 dejarán de tener una tarifa abusiva como hasta ahora y pasarán a facturarse con la básica, con un coste equivalente al de las llamadas locales a números en España.

 

Otro aspecto interesante de la nueva ley establece que las contrataciones vía telefónica en las que empresa se ha puesto en contacto con cliente, deberán ser también validadas por el consumidor vía escrita, lo que implica que el cliente deberá firmarlas y enviarlas en papel, por fax, correo electrónico o por un mensaje de móvil.

 

Asimismo, se amplia el tiempo para devolver una compra realizada por teléfono o internet, que hasta ahora era de siete días, de forma que pasa a ser de catorce díasnaturales, aunque la ley indica que si no se informa al cliente de que dispone de ese plazo, se aumentaría hasta los 12 meses.

 

Otros puntos que cambian son el de la letra pequeña de los contratos, que desaparece y a partir de ahora deberá ser clara y comprensible, así como las claúsulas abusivas, que según la nueva normativa quedarán automáticamente anuladas.

 

Por otra parte se fijan medidas para evitar las cargas encubiertas, lo que implica que una vez se empieza una compra con un precio determinado se debe mantener el mismo, y en caso de que se cobren otros gastos el consumidor, este tendrá derecho al reembolso de ese pago.

 

Además, en el caso de que no se entreguen los bienes en el plazo acordado el consumidor podrá romper el contrato si no lo recibe en un plazo adicional.

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