¿Existen pluses por idiomas en el sector call center español?
Información sobre el sector Contact Center y la atención al cliente 
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¿Existen pluses por idiomas en el sector call center español?

Los empleados del sector call center tienen derecho a cobrar un complemento mensual si trabajan en una campaña donde utilicen un idioma extranjero o que no sea oficial en su Comunidad Autónoma.

23 jun 2015


 

Desde FES-UGT han querido aclarar un tema que los trabajadores del sector call center deberían conocer para lograr que se cumpla lo estipulado en el Convenio Laboral de la industria de atención al cliente, de forma que reciban el salario que les corresponde.

 

Se trata de los conocidos como "complementos por idiomas", unos pluses que deben cobrar los agentes que trabajan en una campaña donde habitual o puntualmente les es requerido el conocimiento de un idioma extranjero o una lengua española que no sea oficial en su comunidad.

 

En concreto, el Convenio indica que esos trabajadores tendrán derecho a cobrar un complemento mensual de 106,35€ (siendo de jornada completa o parte proporcional si el trabajo es de jornada parcial). 

 

En FES-UGT exponen algunos ejemplos para que se pueda entender bien como funciona el tema de los pluses de idiomas.

 

Un agente de un call center que trabaja la mitad de la jornada utilizando el idioma extranjero y la otra mitad sin utilizarlo. ¿Cuánto tiene que cobrar?

 

Si el trabajador está en un puesto de trabajo que requiere el uso del idioma, independientemente de que le entren o no llamadas, cobrará el plus de idiomas, aunque si está la mitad de la jornada asignada, le corresponderá la mitad del plus. 

 

¿Cuánto debe cobrar un agente si está un único día asignado a un puesto de trabajo que precisa idioma extranjero/no oficial en su comunidad?

 

En ocasiones, en sustitución de un compañero/a pueden “ponerle” en la “cola de idiomas”, días sueltos del mes. En UGT denuncian que había empresas, que se “pasaban de listas” y esos días los remuneraban dividiendo el plus entre 30, una evidente “trampa” para pagar menos. La Comisión Paritaria, ha aclarado que la fórmula correcta es dividir entre 30, pero multiplicando ese resultado por 1,4, es decir, la parte proporcional de los dos días de descanso. Por lo tanto, en esos casos, se cobrará un 40% más por día.

 

¿Se puede cobrar el plus de idiomas si se disfruta de un permiso retribuido?

 

Si habitualmente el trabajador cobra el plus de idiomas, deberá cobrarlo también cuando haga uso de cualquier permiso retribuido.

 

Fuentes empleadas: FES-UGT

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